Archivo de la Categoría Derecho a la Vida
Legalizar el aborto significa violar la Constitución en su Art. 19 nº 1 que protege la vida del que está por nacer. De este modo funda y respalda un reconocimiento jurídico-constitucional preciso del derecho a la vida. De igual forma y en plena coherencia con esta norma de rango constitucional el Art. 75 del Código Civil señala: “La ley protege la vida del que está por nacer…” agregando seguidamente que “el juez, en consecuencia, tomará, a petición de cualquiera persona o de oficio, todas las providencias que le parezcan convenientes para proteger la existencia del no nacido, siempre que crea que de algún modo peligra… ”. Normativa confirmada por el Derecho Internacional cuando el Art.4 del Pacto de San José de Costa Rica, vinculante para Chile, establece: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción…” y viola además las siguientes normas internacionales: el Art. 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). El Art.2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (1950) y la Declaración de los Derechos del Niño en su considerando número tercero del año 1959. Viola, asimismo, también, el Art.6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU del año 1976.Por lo tanto, la ciencia y el derecho no pueden quedar ajenos a esta orientación normativa que respete la dignidad de la persona humana desde la fase inicial del desarrollo embrional y cuando más indefenso se encuentra el derecho a la vida que le es propio. Respetando así aquellos derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana (Art. 5 de la Constitución). Todo este cuerpo normativo pone las bases ciertas de la existencia de un Estatuto Jurídico a favor del embrión humano.Los derechos humanos (y el derecho a la vida es la base de todos los demás derechos), originarios en el hombre y anteriores al Estado, exigen una regulación jurídica que permita hacer efectiva su defensa práctica. Tales principios ponen de manifiesto que toda ley que atenta contra ese derecho fundamental a la vida es injusta, privada de auténtica validez jurídica y, como tal, permite una legítima objeción de conciencia (Juan Pablo II, Evangelium Vitae 74).
El drama inherente al aborto es una cuestión sin discusión. Más aun cuando lo dramático del acto afecta no sólo a la madre de la criatura sino que, especial y definitivamente, a ésta última, absolutamente indefensa ante su agresor que actúa sobre seguro. Y ante la imposibilidad más absoluta y radical de defenderse por parte de la víctima. Violando de manera fragante el legitimo derecho a la defensa consagrado en todo proceso judicial. Especialmente, en este caso, cuando se trata de un ser inocente que grita en silencio la defensa de su propia existencia. La legalización del aborto en aquellos casos y lugares donde está permitido no modifica, en absoluto, la consecuencia inevitable de la destrucción de una vida humana. Esté o no jurídicamente despenalizado, el aborto siempre se concluye con la pérdida de una vida absolutamente inocente y que no ha tenido el más mínimo derecho a la defensa a través de un debido proceso como lo garantiza la Constitución Política en su Art. 19 Nº3, provocando graves daños sicológicos a la madre con el síndrome post aborto.
Los conceptos anteriormente enunciados nos llevan a preguntarnos por el concepto de persona humana. Y aquí radica la cuestión fundamental con respecto a la defensa de la vida humana desde la concepción y las intervenciones que la técnica biomédica pueda ejercer en cuanto a la licitud moral de su actuar y que el derecho debe regular en vistas al bien común y la defensa de un derecho humano fundamental como es el derecho a la vida. En efecto, preguntarse acerca del concepto de persona humana es algo intrínsicamente vinculado a la definición y valoración del embrión humano. Es así que si partimos de la tradicional definición de persona enseñada por Boecio: “personae est naturae rationalis individua substantia” (sustancia individual de naturaleza racional) la filosofía hace su aporte original a la bioética y al derecho precisando, de un modo intelectualmente fundado, las raíces originarias del concepto de persona en la naturaleza humana. Justificando, de este modo, su valor ético y subjetividad jurídica en todas las fases del desarrollo. Por lo tanto, en este sentido, la célebre noción de persona sugerida por Boecio conserva el valor inapreciable de referirse al carácter racional e individual de la persona: a un ser capaz de universalidad desde su irrepetible individualidad. Así, esta individualidad, propia del embrión humano, es la condición o pre-condición ontológica real de la presencia de determinadas capacidades, del ejercicio actual de ciertas operaciones, de la manifestación exterior de precisos comportamientos. De tal modo que la utilización del concepto de persona, aplicada al embrión humano, tiene consecuencias éticas y jurídicas para la bioética ya que influye en la determinación de los límites de lo lícito o ilícito de las nuevas posibilidades de la ciencia en su intervención sobre la vida humana.
El reconocimiento o la atribución a la vida embrionaria, por ejemplo, de un estatuto personal, permitirían reglamentar los comportamientos de quien actúa en relación con ella y así la valoración moral de los actos que afectan al embrión humano no se reduce sólo a la decisión de la conciencia individual. Y el derecho no se puede entender como un instrumento extrínseco, exclusivamente destinado para la legitimación de la voluntad política según un determinado voto de mayoría. El ser tiene el primado sobre el llegar a ser, el acto sobre la potencia. La persona para poder ser debe ya ser. El embrión humano es un ser con potencialidad, y no un ser en potencia. Su ADN estructura y determina todo lo que llegará a ser. La revelación exterior de ciertos caracteres ofrece sólo indicios que pueden señalar la presencia de la persona, pero el ser persona no depende exclusivamente de tal verificación empírica. El zigoto, el embrión, el feto y el neonato son personas en cuanto están presentes en ellos las condiciones que constituyen el soporte necesario del proceso dinámico e ininterrumpido de su desarrollo biológico que se verifica sin solución de continuidad desde la concepción o fecundación. No hay diferencia entre destruir la vida ya nacida o destruirla antes de que nazca, pues ya es hombre aquél que lo será. Así lo enseñaba Tertuliano cuando decía: “homo est qui est futurus”.
A modo de conclusión cabe señalar, entonces, que para el futuro de la sociedad y el desarrollo de una sana democracia, como nos enseñó Juan Pablo II, urge pues descubrir de nuevo la existencia de valores humanos y morales esenciales y originarios, que derivan de la verdad misma del ser humano y expresan y tutelan la dignidad de la persona. Son valores, por tanto, que ningún individuo, ninguna mayoría y ningún estado nunca pueden crear, modificar o destruir, sino que deben reconocer, respetar y promover (Evangelium Vitae, nº 71).Pbro. Francisco Javier Astaburuaga Ossa
Licenciado y Doctor en Derecho Canónico
Pontificia Universidad Lateranense de Roma
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La idea de que “todo ser humano es un fin en sí mismo, y que no puede ser utilizado como medio para alcanzar otro fin”, obedece a una consecuencia directa del reconocimiento de su dignidad humana, concepto que incrustado en el centro de los valores constitucionales chilenos, nos proporciona la base ético-jurídica para la solución de problemas tan diversos como el de la “Píldora del día Después”, el Aborto, la Pena de Muerte, la Clonación, la investigación con embriones humanos y otros, todas cuestiones sobre las cuales el Estado tiene algún nivel importante de injerencia.
Adicionalmente, la idea de que los DDHH tienen “por base el reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana” (preámbulo Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos), nos es común tanto a moros como a cristianos, aportándonos, por lo tanto, una idea neutral (ideológica y religiosamente hablando) sobre la cual poder solucionar estos conflictos en una sociedad pluralista y diversa, pero que pone al “ser humano” en el centro de la construcción social y de la solución de sus conflictos.
Lo anterior implica irremediablemente el reconocimiento de que esta cualidad es propia de todos los individuos de la especie humana, sin exclusión, no existiendo seres humanos sin dignidad (o con menos dignidad) y, por lo tanto, sin derechos humanos. En efecto, esta idea es recogida no sólo por nuestra Constitución Política (artículo 1), sino que además por el Pacto de San José de Costa Rica cuando reconoce que “… persona es todo ser humano”( artículo 1.2.), y por tanto, es titular de derechos humanos, en general, y sin casos de exclusión, “a partir del momento de la concepción” (artículo 4.1).
Así entendido su origen, el derecho a la vida del “nacido” y del “no nacido”, no requiere para su reconocimiento de la aceptación de un tercero, ni puede ser entregado a la disposición libre y ajena de terceros, ni siquiera cuando el tercero es la madre, lo que eliminaría automáticamente la idea del “derecho a no tolerar un embarazo no deseado”, como asimismo eliminaría el argumento de distinguir entre implantado y no implantado, o de nacido y no nacido, y otras diferencias, tanto para efectos del reconocimiento de su titularidad, como para efectos de su protección constitucional, civil, penal o administrativa.
Asímismo, si entendemos que ni el “naciturus” (Ej: Clonación) ni el “nacido” (Ej. Pena de Muerte), por ser un fin es si mismos, pueden ser utilizados como medios para alcanzar otros fines, por muy justificados que parezcan, tendremos que afirmar consecuencialmente que, ni los planes de salud pública, ni investigaciones científicas, ni soluciones a la criminalidad, pueden ser argumentos válidos para prescindir de la dignidad del ser humano.
Gonzalo García Palominos
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El comediante Roberto Gómez Bolaños, Chespirito, apareció en un mensaje contra la despenalización del aborto.
“Hola, soy su amigo Chespirito, cuando estaba yo en el vientre de mi madre ella sufrió un accidente que la puso al borde de la muerte, el médico le dijo: ‘tendrás que abortar’, y ella respondió: ‘¿abortar yo?, ¡jamás!’, es decir, defendió la vida, ¡mi vida!, y gracias a ello estoy aquí”, expresó el comediante mexicano.
El spot termina diciendo “Abortemos la ley, no a la vida” y remite la página web www.denmechance.org , donde hay videos y testimonios de mujeres contra el aborto.
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Los chilenos tenemos la obligación de respetar y defender la vida del que está por nacer, amenazada en nuestros tiempos por políticas públicas que contienen procedimientos y mecanismos de acción abortivos para el control de la natalidad, entre ellos se encuentra la llamada Píldora del Día Después.
Manipular, cerrarle el paso, evitar que se implante el embrión humano o interrumpir la vida de un niño antes de que nazca es, como se ha dicho, borrarlo de la eternidad.
Es por esto que apoyamos los actos del Día del Niño por Nacer a realizarse en todo el mundo el 25 de marzo e invitamos a todos los cristianos a tomar conciencia de su responsabilidad de defender la vida en todas sus edades, asumiendo el compromiso de denunciar y luchar contra cualesquiera de los peligros que se ciernen sobre la existencia de sus seres mas frágiles: los embriones humanos, que son nuestros niños por nacer.
MueveteChile.org
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Los laboratorios nacionales no están interesados en distribuir en Chile la píldora del día después, esto gracias al trabajo de los grupos anti-aborto que existen en Chile, y creemos que el apoyo que ha recibido MuéveteChile en sus últimos boletines ha tenido efecto.
El ÚNICO LABORATORIO que aún está analizando la posibilidad de abastecer al Ministerio de Salud es TECNOFARMA S.A. La situación de peligro para los seres humanos no nacidos se mantiene. Le estamos pidiendo a este Laboratorio que NO LE ADMINISTRE al Ministerio de Salud este medicamento.
Dada la polémica que ha causado el tema de la distribución de la píldora del día después en Chile, cinco de los seis laboratorios barajados por la Central de Abastecimiento (Cenabast) para suministrarle el fármaco al Ministerio de Salud declararon que no están interesados en realizar tal gestión. La única empresa que aún está analizando la posibilidad de hacer una importación especial y proveer a Cenabast de las 25 mil dosis de la píldora es TECNOFARMA.
Los Laboratorios del mundo aceptan el efecto letal del levorgestrel 0.75 mg. En la publicidad que se entrega en la venta comercial de este fármaco se reconoce que PUEDE IMPEDIR QUE EL EMBRION SE ANIDE EN EL VIENTRE DE LA MADRE (o sea producir un aborto).
Creemos que hay una oportunidad de que Tecnofarma reconsidere su postura, se la juegue por la Vida y no cotice este producto al Ministerio de Salud. De lo contrario nos sumaremos al boicot comercial.
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Quienes defienden la entrega de la píldora del día después argumentan engañosamente que es un tema de equidad entre los “acomodados” y los “no acomodados”.
Recorrimos 10 farmacias acomodadas pidiendo la píldora del día después y en todas partes nos contestaron “hace tiempo que ya no la tenemos”.
En un catastro similar al nuestro, la revista online de los alumnos del PET de UNIACC también comprobaron que la píldora no está en el mercado.
¿Puede indicarnos la Sra. Presidenta o sus asesoras en que farmacia acomodada se puede comprar?, porque si de equidad se trata, que pasen el dato ¿no?
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El 14 de febrero del 2006 Laboratorios Grünenthal canceló ante el ISP su registro para comercializar y distribuir la PDD después de una demanda judicial. Sin embargo, se mantiene la situación de peligro para los seres humanos no nacidos ya que la píldora abortiva Postinor-2 de Grünenthal se sigue entregando a la comunidad.
Grünenthal Chilena Ltda., en una actitud inexplicable ha guardado silencio sobre varios aspectos muy delicados:
• La trasnacional alemana publica que uno de los efectos posibles del consumo del Postinor-2 es que éste “también puede producir cambios en el endometrio que dificultan la anidación”, lo que en Chile constituye derechamente un aborto ya que la vida humana se protege desde la fecundación.
• En la presentación administrativa que hizo este Laboratorio cuando sacó su registro ante el ISP, en las páginas 028 y 035 de esos documentos se lee del Postinor-2, lo siguiente: “Teniendo en cuenta las ventajas y los riesgos (embarazo no deseado y aborto)” (…) “esto puede producir cambios en el endometrio que dificultan la anidación”.
• Los Laboratorios del mundo aceptan el efecto letal del Postinor-2. En la publicidad que entregan sus competidores para la venta comercial del producto se reconoce y se publicita que el levorgestrel 0.75 mg. PUEDE IMPEDIR QUE EL EMBRION SE ANIDE EN EL VIENTRE DE LA MADRE (o sea un aborto).
Entonces, ¿Por qué en Chile nos engañan descaradamente? ¿Qué habría hecho este mismo Laboratorio en Alemania o en otros países donde se comercializa? ¿Piensan que con la simple cancelación del registro ante el ISP salvan el pellejo? NO.
Queremos que retiren de circulación este medicamento que en otros países ellos mismos reconocen como abortivo. A la señora Presidenta y a este Laboratorio –si no retira su producto- los hacemos responsables de los niños por nacer que serán asesinados a través de este medicamento, ¡y más encima por la vía de un Decreto Supremo!
Este Laboratorio debe demostrar su seriedad tal y como lo hacen otras farmacéuticas que retiran algún producto cuestionado para reparar el mal.
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El día 28 de diciembre, día de los santos inocentes, se recuerda un acontecimiento que tuvo lugar hace unos 2.000 años. Por aquel entonces, un rey llamado Herodes hizo matar a todos los niños menores de dos años en una localidad llamada Belén. Dos mil años después de aquella barbaridad, se siguen produciendo matanzas de niños inocentes. Ahora, cosas de la modernidad de nuestros tiempos, a eso se le llama aborto.
Vaya una oración especial por todos esos niños chilenos que, incluso en nuestra democracia, ni siquiera se les permite nacer.
Cristian Van Rysselberghe
MueveteChile.org
1 Comentario »
Leyendo un excelente artículo de José Miguel Ibañez me quedan claras dos cosas:
1. En Chile debe haber unos 3.200 abortos clandestinos y no 160.000 como nos tratan de engañar.
“Los pro aborto nos dicen que en Chile esos abortos ocultos son 160.000, cifra absolutamente descabellada y terrorífica, inventada a favor de su legalización, ya que esa cantidad de intervenciones con seguridades sanitarias mínimas sería su argumento para convertirlas en higiénicas, baratas y seguras al amparo de la ley y en clínicas u hospitales públicos. Pero si en Chile hubiera esos 160.000 abortos clandestinos al año, la mortandad materna por esta razón sería altísima, y de hecho no lo es en absoluto. En los Estados Unidos de 1970, esa cifra de muertes fue multiplicada por ¡50! en los medios de comunicación manejados por Nathanson y Cía.: de 200 y tantos se convirtió en 10.000. ¡Había que legalizar esa quirurgia, así fuera por mentiras repetidas hasta el cansancio y por campaña del terror!”
2. Tratan de lavarnos el cerebro convenciendo al país de que quienes se oponen a la ley de aborto son sólo las jerarquías católicas y cuando ya no tienen argumentos salen con que nada tiene que ver el tema médico con el religioso.
“Hipócrates -griego del siglo V antes de Cristo, padre de la medicina occidental, pagano dotado de conciencia ética..- sabía que abortar es un delito contra la vida humana, y seguramente intuyó sus agravantes como homicidio: lo practica la madre, que es la fuente de la vida; se realiza en el propio santuario de la vida, que es su matriz; y su víctima es la más inocente de cuantas podamos imaginar, el nonato”.
Recomiendo el artículo completo aquí.
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En entrevista a El Mercurio, el Dip. Patricio Walker muy acertadamente responde: Varios médicos me han dicho que todas las mujeres que se practican aborto quedan con un trauma de por vida y las que dan a luz ¡jamás! se arrepienten del hijo que tuvieron. Hablan del derecho reproductivo de la madre. Y yo digo ¡no!, la madre no es dueña del hijo. Me la jugaré para defender el derecho de esa criatura inocente. No porque haya muchos abortos hay que legalizarlos.
También la portavoz de la Asociación de Víctimas del Aborto (AVA), Esperanza Puente, explicó en declaraciones a un programa radiofónico en España que siempre existe el síndrome post aborto aunque se niega para justificar que las mujeres no sufren. El aborto, denunció, cambia la vida de una mujer por completo: “la conciencia te oculta sufrimientos, el subconsciente guarda cosas para que no sufras, pero la realidad es que el tiempo nos pasa factura. El síndrome es latente en la mujer”.
Esperanza Puente reveló que la realidad de las causas para abortar se alejan mucho de los supuestos legalmente establecidos para realizar esta práctica: según reveló, un reciente estudio muestra como el 87% de las encuestadas declaran haber abortado por el abandono de su pareja. La denuncia internacional del caso del peruano ”doctor Carlos Morín“ aceptando practicar un aborto encubriendo los motivos reales apelando a un “riesgo para la salud de la madre” concuerdan con estas declaraciones.
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