Archive for the ‘Legislación’ Category

Dile adiós a la democracia

Sábado, Junio 11th, 2011

 

adiós a la democracia

         A veces da la impresión que los políticos, impulsados por las encuestas o dudosos de defender las convicciones que dicen tener, se pusieran una soga al cuello con las leyes que crean. Es esto, precisamente, lo que a nuestro juicio está ocurriendo hoy, con el proyecto de ley de no discriminación, que se encuentra listo para ser votado en el Senado, luego de haber sido aprobado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de dicha Cámara.

         En efecto, tal como se ha señalado en otro sitio, el referido proyecto viene a establecer algo así como un Recurso de Protección paralelo, que resulta tremendamente impreciso en cuanto a qué bien jurídico se protege, y el fundamento legal que puede invocarse para ello. Esto, porque como se sabe, y en virtud de su artículo 3º, cualquier persona o grupo de personas que se sienta discriminado arbitrariamente por la razón que sea (raza, credo, género, etnia, etc.), sea por acciones u omisiones puede, por sí u otro a su nombre (y como la ley no exige representación, cabría incluso actuar como agente oficioso) interponer este recurso ante la Corte de Apelaciones, ya sea del lugar donde ocurrieron los hechos, como de su propio domicilio. Esto es, la facilidad para recurrir al tribunal competente se amplía al extremo.

         Además, posee tres meses para interponer el recurso, éste goza de preferencia en la tabla, y a juzgar por el espíritu de la ley, se percibe la intención de hacerlo lo más sencillo y rápido posible, con lo que seguramente se acogería casi cualquier medio de prueba, así como es de sospechar que el juez tendría la mayor libertad para fallar en conciencia de acuerdo a los criterios de la sana crítica.

         Por otro lado, y no siendo suficiente con las causales tremendamente vagas y heterogéneas que se establecen en el artículo 3º, para colmo, se puede invocar como fundamento jurídico para alegar la referida discriminación, tanto por acciones u omisiones, según se ha dicho, cualquier norma del ordenamiento jurídico, incluidos los tratados internacionales suscritos por Chile y que se encuentren vigentes. Con lo cual, la gama de normas jurídicas que pueden ser (y de hecho serán) interpretadas con extrema subjetividad (y por qué no decirlo: también con mucha susceptibilidad) resulta tremendamente amplia.

En suma, se introduce un peligroso e incontrolable factor de conflicto social. En efecto, así las cosas, cualquiera (u otro a su nombre), por la razón que estime pertinente, sea por acción u omisión, podría interponer, y con muchas facilidades, una acción de protección por sentirse discriminando, gozando de amplia libertad para probar la supuesta agresión. Con lo cual, habrá que pensarlo cien veces antes de hacer cualquier declaración, comentario, sugerencia, opinión y omisión (situación esta última que resulta casi ilimitada), con lo cual el número de demandas y reyertas podrían no tener límites.

         Además, y como si lo anterior no fuera suficiente, se presenta el problema de la extrema vaguedad del precedente jurídico que puede ser invocado para justificar la supuesta discriminación: cualquier privación, perturbación o amenaza del legítimo ejercicio de los derechos establecidos en el ordenamiento jurídico, incluidos los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. En suma, casi cualquier cosa, a diferencia del Recurso de Protección, que establece taxativamente las causales que permiten interponerlo.

         No contentos con lo anterior, se establecen penas draconianas: no sólo una indemnización, sea por daño moral o patrimonial, que debe ser determinada breve y sumariamente, sino también una multa a beneficio fiscal que asciende más o menos a los dos millones de pesos, ampliable al doble en algunos casos por reincidencia, e incluso, en otros eventos, con presidio menor en su grado mínimo. Además, si son varios lo que se sienten ‘discriminados’ con alguna acción u omisión, serían también varios los que podrían exigir la indemnización señalada.

         Todo lo dicho puede muy bien compararse con la apertura de una Caja de Pandora: se crea una situación de suma inestabilidad, en que cualquiera puede convertirse en inquisidor de otro, con lo cual la posibilidad de manifestar la simple opinión para cualquier cosa se torna en un peligro latente para quien la manifieste.

         No será muy difícil, así las cosas, que surjan algo así como ‘censores’ de lo políticamente correcto, prestos a demandar a cualquiera que se oponga a sus intereses, por discutibles o minoritarios que sean. Se produce de esta manera una verdadera política del terror, en que los más fuertes terminan amedrentando a los más débiles, terminando con el clima de sana tolerancia que resulta imprescindible para una auténtica democracia.

         Pero además, y tal como se decía en un principio, pareciera que los políticos que han estado metidos en este proyecto, no se dan cuanta que esta ley terminará afectándolos también a ellos mismos, porque así las cosas, el propio debate parlamentario se tornará imposible. Si bien ellos gozan de inmunidad por sus dichos en sala o en las comisiones, lo cual se encuentra garantizado por la Constitución, resulta tremendamente peligroso para ellos mismos lo que señalen fuera del Congreso. Si cualquiera puede ser condenado por cualquier cosa, manifestar una simple opinión sobre lo que sea (por ejemplo, en la campaña o en una entrevista) puede ser constitutivo de delito, con lo que los ‘censores’ que surjan podrían llegar a tener el sartén por el mango en lo que se refiere a qué se puede debatir y qué no, con lo cual la política terminaría dependiendo de pequeños grupos organizados y no del querer de la mayoría.

         También debe tenerse en cuenta que si este proceso por discriminación puede fundarse en lo establecido por tratados internacionales, el abanico de posibilidades para el acusador se abre de forma intolerable. A lo anterior debe agregarse que muchas veces estos tratados son ignorados por la opinión pública, y se oponen de manera profunda a las convicciones y valores dominantes en la mayoría de la población; de hecho, no han faltado las situaciones en que se presentan los hechos consumados, con lo cual el documento suscrito no refleja en absoluto el sentir nacional sobre la materias que aborda.

         Lo anterior también significa abrir la puerta de par en par a los tribunales internacionales en estas materias. Así, en caso de no prosperar las acciones legales por una supuesta discriminación, el afectado podría acudir a un tribunal internacional, con lo que a la postre, no sólo perdemos nuestra capacidad de pensar diferente y de expresarlo, sino que incluso los propios parlamentarios pierden, amedrentados, buena parte de su posibilidad de debatir, y quedan sujetos a los caprichos tanto de los grupos censores dominantes a nivel nacional, como al criterio de jueces internacionales. Así las cosas, ¿para qué seguir con las instituciones democráticas, si la soberanía se ha perdido totalmente?

         En fin, existen varios aspectos más de este proyecto que resultan tremendamente criticables. Es por eso que debemos entrar en razón y evitar que vea la luz, para no generar un régimen del terror que equivale, según hemos dicho, a terminar con nuestra soberanía y democracia.

Max Silva Abbott

Stop Isapre, protección frente al abuso

Jueves, Abril 7th, 2011

Stop Isapre, protección frente al abusoAquí les dejamos una buena iniciativa frente al aumento ilegal que hacen las Isapres de los planes de salud. Si no haces algo, aceptas el aumento del plan y pierdes tu plata, si haces algo, Stop Isapre asegura que tienes altísimas posibilidades de ganar y no tiene costo.

1.- ¿Por qué es Ilegal el aumento en los planes base de salud?
La Excma. Corte Suprema, ha fallado que las Isapres no pueden subir de manera unilateral los precios base de los planes de salud, ya que ello atenta contra los derechos que el afiliado adquiere cuando firma el contrato, los cuales solo pueden modificarse por acuerdo mutuo, excepto casos muy calificados.

2.- ¿En qué se basan las Isapres para aumentar el plan base?
En una interpretación del artículo 38 de la Ley 18.933 (Ley de Isapres), dónde, si bien se les permite realizar esta modificación, ésta debe practicarse con parámetros objetivos, es decir, fundamentando adecuada y cabalmente el aumento de los costos por los servicios que entregan.

3.- ¿De qué forma actúan las Isapres para realizar estas alzas?
Mediante el envío de una carta certificada al domicilio registrador, donde se indica el porcentaje de alza respecto del plan base vigente , y el monto final a pagar, de aceptarse tácitamente. Si usted NO reclama, se entiende que acepta el alza.

4.- ¿Qué opciones entregan a los afiliados?
a) Aceptar el alza, para lo cual el afiliado nada debe hacer; b) cambiarse a un plan a menor costo, pero con menos prestaciones; c) desafiliarse de la Isapre; o, d) cotizar en FONASA.

5.- ¿Si acepto el alza, la Isapre mantiene el mismo plan, con iguales prestaciones?
Sí.

6.- ¿Qué puedo hacer si no estoy en condiciones de pagar el alza que intenta aplicar la Isapre o lo encuentro injusto?
Puede dirigirse a los abogados de Stop Isapre para estudiar la posibilidad de presentar un recurso de protección.

7.- ¿Qué es un recurso de protección?
En término simples, es una acción constitucional de emergencia, destinada a detener hechos ilegales y arbitrarios que amenacen o perturben el legítimo ejercicio de los derechos que consagra la Constitución Política.

8.- ¿Qué derechos se vulneran cuando la Isapre decide unilateralmente aumentar el precio base de mi plan de salud?
Se afectan el derecho constitucional a elegir el sistema de salud (artículo 19 Nº 9) y el derecho de propiedad que se tiene sobre el plan base (artículo 19 Nº 24).

9.- ¿Cómo sé si puedo presentar un recurso de protección?
Debe tener el original de su carta de adecuación, el sobre en que ésta llegó con el timbre de la empresa de correos y contactarnos en un plazo menor a 30 días corridos desde que le llegó la comunicación del alza.

10.- ¿Qué sucede si estoy dentro de plazo pero no tengo el sobre en que me llegó la carta?
Deberá contactarse a la brevedad con nuestros abogados para buscar una solución alternativa, la cual existe.

11.- ¿Y si estoy definitivamente fuera de plazo?
No se puede presentar POR AHORA el recurso. De todas maneras, contáctese con nosotros e incluiremos su nombre en nuestra base de datos y estudiaremos su caso.

12.- ¿Qué puedo conseguir con el recurso?
Puede dejar sin efecto el alza del plan base de salud hasta el próximo año, lo cual representa un ahorro de muchos millones de pesos a lo largo de su vida.

13.- ¿Cuánto demora en tramitarse?
Un tiempo que puede variar entre dos y cuatro meses.

14.- ¿Qué ocurre en el tiempo intermedio?
Se solicita a la I. Corte una orden de no innovar, lo cual permite detener el alza mientras el recurso se está tramitando. Esto se pide junto a la presentación misma del recurso.

15.- ¿Cuáles son las posibilidades de éxito?
Altísimas. Llevamos una cantidad importante de recursos tramitados, todos acogidos favorablemente para los intereses de nuestros clientes.

16.- ¿Cuál es el costo?
Cero. NO TIENE COSTO PARA EL AFILIADO. Los honorarios de los abogados son pagados finalmente por las Isapres si resultan vencidas en el juicio.

17.- ¿Debo firmar algún documento?
Una carta de honorarios, en donde se estipula que el procedimiento no tendrá costo para el cliente, y un mandato judicial, a fin de representarlo ante los Tribunales de Justicia.

18.- ¿Pueden las Isapres, si decido iniciar esta acción judicial, sancionarme de alguna forma?
Bajo ningún punto de vista. El afiliado firma un contrato, con el cual se generan derechos y obligaciones para ambas partes.

El proyecto presentado por Sebastián Piñera para extender el posnatal a 6 meses

Miércoles, Marzo 2nd, 2011

proyecto posnatal 6 meses

Lo bueno:
•    Las madres podrán estar más tiempo con sus guaguas, el vínculo que se forja en esta etapa gracias a la lactancia y el apego tiene efectos muy positivos.
•    Considera también a los padres, promueve involucramiento de los padres en la crianza de los hijos.
•    Claridad para las empresas respecto del regreso de las madres con posnatal, 6 meses.
•    Elimina “licencias truchas” para extender el posnatal, el promedio actual es de 5 meses y medio.
•    No genera costo adicional para las empresas.
•    Considera a hijos adoptados, beneficia a las familias que generosamente adoptan hijos.

 

Lo malo:
•    El foco está en la mujer y no en los hijos
•    Los hijos de las mujeres que no se tomen los 6 meses son discriminados por carrera profesional femenina

 

Conclusión:
No es perfecto, pero es un gran avance en protección de la familia

La reforma de Obama, una derrota pro-vida en USA

Jueves, Marzo 25th, 2010

obama_abortion1.gifLa aprobación de la reforma sanitaria del Presidente Barack Obama, ha sido una derrota para la causa pro-vida, para el reconocimiento a la objeción de conciencia, y merma el verdadero sentido de subsidiaridad que debe existir en los programas de Gobierno.

Los grandes opositores de esta reforma, han sido la Conferencia Episcopal de los EEUU, organizaciones de médicos y trabajadores de la salud, así como instituciones y grupos de la sociedad civil, encabezados por los movimientos pro-vida.

Algunos congresistas demócratas, -que durante meses habían declarado su oposición a esta reforma si no incluía serias restricciones al aborto-, a última hora “se dieron vuelta la chaqueta”. Con los votos de estos congresistas, la reforma fue aprobada con 219 votos a favor y 212 en contra.

El congresista demócrata Bart Stupak que era el reconocido líder de los “demócratas pro-vida”, justificó su cambio de postura citando la promesa del Presidente Obama de firmar una “orden ejecutiva” que prohibiría el uso de recursos federales para cierto tipo de abortos. Este cambio de postura del congresista Stupak fue severamente criticado por los Obispos y líderes pro-vida, ya que no será aplicable para los casos de violación, incesto o peligro de la vida de la madre. Para más información sobre los problemas específicos de esta legislación y la cuestión de la efectividad de una orden ejecutiva, se recomienda ver los siguientes enlaces:

-> HazteOir.org

-> Capwiz.com

-> Nrlc.org

El Arzobispo Charles Chaput de Denver, uno de los más reconocidos por su claridad en el manejo del tema, en ésta declaración deja ver la lamentable postura de algunas organizaciones y voces católicas que trabajaron en contra de los Obispos y del movimiento pro-vida.

¿Qué es lo que va a pasar ahora? Por ahora el proyecto de reforma sanitaria tendrá que votarse de nuevo, después de que los republicanos consiguieran vía enmiendas, alterar su contenido en el Senado. A futuro, es difícil de predecir, ya que seguramente habrá demandas en contra de la constitucionalidad de esta legislación, y también habrá intentos de modificarla.

Pero sin duda, este tema será determinante para las elecciones federales de finales de año, y cuyas campañas ya se están organizando alrededor del tema. “Elections have consequences”, como dicen los norteamericanos. Ojalá los votantes este año elijan a políticos pro-vida para reemplazar a los que aprobaron esta triste legislación.

Gobierno y playas nudistas

Viernes, Febrero 13th, 2009

playa nudistaTVN (24 horas) nos ha entrevistado para conocer nuestra opinión sobre la noticia relativa a las obras que emprendería el Gobierno para facilitar el acceso a playas nudistas. He aquí algunas reflexiones sobre el tema:

La impudicia es un mal moral.

Desde un punto de vista antropológico, es natural que toda persona sienta aprecio por su intimidad y que, por lo tanto, la proteja. Puesto que la intimidad es el mundo interior de todo ser humano, quien se aprecia a sí mismo necesariamente aprecia su intimidad: no se regala a cualquiera lo que se tiene por preciado. Esa es la razón por la que tenemos secretos y un mundo privado que elegimos compartir sólo con algunos. Esa es también la razón por la que sentimos vergüenza cuando alguien revela nuestros secretos sin nuestro consentimiento. El pudor es la herramienta natural que protege nuestra intimidad y demuestra que ese mundo interior tiene valor. Por lo tanto, es un bien para el sujeto; y carecer de este bien, es un mal. Es propio de las personas el sentir, en ocasiones, vergüenza.

¿Se debe sentir pudor en la exposición del propio cuerpo?

El hombre está constituido por una realidad a la vez espiritual y corporal: somos alma y cuerpo. Nuestra realidad espiritual se expresa a través de la corporal: expresamos nuestras ideas y sentimientos a través del lenguaje y del cuerpo. Aunque usamos nuestro cuerpo para expresar lo que somos, no podemos afirmar que el cuerpo es mero instrumento, pues también SOMOS nuestro CUERPO, y así como no es sano mostrar a todos todo lo que somos, tampoco lo es mostrar a todos todo nuestro cuerpo. El cuerpo también expresa: gestualizamos nuestros pensamientos y emociones, sonreímos cuando nos sentimos felices, nos sonrojamos cuando nos avergonzamos, etc. Cuando se descubre algo que los demás no deben saber, tratamos de ocultarlo, y esto se refleja en nuestro cuerpo (por eso, el mentiroso desvía la mirada y el delincuente se tapa el rostro). Esto nos demuestra que el cuerpo también tiene un espacio propio de intimidad, el que merece aprecio y protección. La privacidad, que es tanto del alma como del cuerpo, se abre sólo para algunos, a quienes se les regala una parte de ella (por eso, la intimidad más perfecta se da dentro del matrimonio, pues ahí lo que se regala no es una parte, es el todo: comunidad de vida). No respetar lo que es por naturaleza privado (recordemos que el pudor nos revela qué es lo privado) implica no respetarse a sí mismo.

Los promotores del nudismo argumentan que “el ir desnudos es la cosa más natural”, pero también es de lo más natural defecar o aparearse, cosas que -por ahora- a nadie se le ocurre hacer ante los demás, como lo hacen los animales. El respeto al derecho de la propia intimidad y a la de los demás, son conquistas del progreso racional. Lo otro, es regresar a las cavernas.

El pudor bien entendido es algo positivo (y no represivo) que me lleva a guardar lo más íntimo para la persona amada, es un bien que merece ser protegido con independencia de la mera subjetividad de la persona cuya intimidad se daña. (p.e. es bueno que el estado promueva y proteja la intimidad a través de una vivienda digna, donde no todos te vean o te escuchen).

No se tiene propiedad sobre el propio cuerpo.

Hay quienes argumentan que sería lícito mostrar todo el cuerpo a cualquiera, pues el cuerpo sería propiedad de uno mismo y es legítimo que cada quien elija cómo disponer de lo suyo cuando esa disposición no molesta a nadie (como sería el caso de una playa cerrada donde se practica el nudismo). Sin embargo, el argumento es errado. El mismo apoya todo su peso en el supuesto falso de que se tiene un derecho de propiedad sobre el cuerpo. Como el cuerpo ES la persona, éste no puede ser un objeto (que es aquello sobre lo cual se puede tener un título de propiedad) ni recibir el tratamiento de tal. La persona es siempre SUJETO y el cuerpo es la misma persona, única e irrepetible. Por lo tanto, no merece el tratamiento de una cosa que pueda ser vendida, arrendada o destruida. Tratar el propio cuerpo como si se tuviera propiedad sobre él -como si éste fuera un objeto- constituye un atentado sobre sí mismo, pues implica necesariamente una cosificación del individuo. La exhibición impúdica (sin pudor) es más propia de los animales y objetos que se muestran en las vitrinas que de los sujetos. Por esa razón, a los esclavos se les exhibía en el mercado: se les consideraba objetos, no sujetos.

La autoridad ha actuado contra el bien común.

Un lector perspicaz podría observar que, aun concediendo todo lo anterior, la acción de la autoridad no sería ilícita en este caso pues es sano que los ciudadanos gocen de espacios de autonomía, aun cuando en el ejercicio de ella se hagan daño o se pongan en riesgo a sí mismos y no a otros (como lo es en el caso de permitir que los ciudadanos fumen o beban), pues la ley no debe reprimir todos los vicios, sino sólo algunos: aquellos que son injustos y producen un daño al bien común.

Pues bien, no debe olvidarse que este importante principio de justicia política deriva del principio de tolerancia del mal (la autoridad que tiene la competencia y la capacidad de hecho de evitar un mal moral, puede –y a veces debe- tolerarlo siempre que de la tolerancia se siga un bien mayor o se evite un mal mayor que el que se sigue de la conducta viciada). La autoridad puede TOLERAR (i.e., soportar con paciencia) un mal, mas no puede PROMOVERLO mediante actos positivos, pues sus decisiones públicas tienen como fin el bien de la comunidad que tiene a su cargo. En este caso, el Gobierno no está absteniéndose de intervenir, sino que está actuando a favor de una propuesta que cosifica al individuo, mejorando los accesos de una playa nudista, cuando en la actualidad hay muchas otras playas que necesitan con urgencia mejorar sus propios accesos. ¿Es justo que el dinero de los contribuyentes vaya en ayuda del nudista que quiere bajar a su playa y no en ayuda de la abuelita que quiere bajar a tomar el sol con su familia en una playa común y corriente? Es evidente el sesgo ideológico que hay detrás de esta jerarquización de prioridades. Nosotros no tenemos por qué soportarlo.

Escrito por: Felipe Ibarra

Chiledeportes. Castigar a los corruptos, que a la ciudadanía le quede claro lo que realmente pasó y que la justicia proceda rápidamente.

Lunes, Noviembre 6th, 2006

En atención a los acontecimientos de corrupción que han salido a la luz pública por el caso de Chiledeportes:

Rechazamos enérgicamente la corrupción ya que impide la consecución del bien común porque se le opone con criterios individualistas y egoístas; contradice la solidaridad porque produce injusticia y pobreza; y va también contra los más necesitados porque impide que los recursos destinados a ellos lleguen correctamente.

Si la corrupción es un grave daño desde el punto de vista material, sus efectos son todavía más negativos sobre la vida social. No se trata sólo de un proceso que debilita el sistema económico: la corrupción impide la promoción de la persona y hace que las sociedades sean menos justas y menos abiertas.

La corrupción política “compromete el correcto funcionamiento del Estado, influyendo negativamente en la relación entre gobernantes y gobernados; introduce una creciente desconfianza respecto a las instituciones públicas, causando un progresivo menosprecio de los ciudadanos por la política y sus representantes, con el consiguiente debilitamiento de las instituciones”. La corrupción distorsiona el papel de las instituciones representativas y las usa para peticiones clientelistas, de este modo, las opciones políticas favorecen los objetivos de unos cuantos que poseen los medios para influenciarlas e impiden la realización del bien común de todos los ciudadanos.

Si la familia no es capaz de cumplir con su tarea educativa, si leyes contrarias al auténtico bien del hombre —como aquellas contra la vida— deseducan a los ciudadanos, si la justicia procede con lentitud, si la moralidad se debilita por la trasgresión tolerada o si se degradan las condiciones de vida, se abona el terreno para que el fenómeno de la corrupción eche sus raíces. Se colocan aquí, con su enorme importancia, la educación, la formación moral de los ciudadanos y la tarea de instituciones, movimientos o asociaciones que puedan desarrollar una función cada vez más relevante en la prevención de la corrupción, ya que debemos cultivar y promover los recursos morales que ayuden a construir una “ecología humana” en la que la corrupción no encuentre un hábitat favorable.

La lucha contra la corrupción es un valor, pero también una necesidad; la corrupción es un mal, pero también un costo; el rechazo de la corrupción es un bien, pero también una ventaja; el abandono de prácticas corruptas puede generar desarrollo y bienestar; los comportamientos honestos se deben incentivar y castigar los deshonestos. En la lucha contra la corrupción es muy importante que las responsabilidades de los hechos ilícitos salgan a la luz, que los culpables sean castigados con formas reparadoras de comportamiento socialmente responsable.

Medidas prácticas que exigimos tomar:

  1. Castigar a los corruptos, que a la ciudadanía le quede claro lo que realmente pasó y que la justicia proceda rápidamente.
  2. Que el Estado eduque siempre con el ejemplo.
  3. Incentivar los comportamientos honestos (incluso premiarlos de alguna manera).
  4. Establecer códigos éticos.
  5. Mayor transparencia, en especial aquellas transacciones que involucran dinero.
  6. Establecer concurso para los cargos públicos
  7. Establecer buenos salarios para los puestos públicos.

TC acoge requerimiento contra píldora del día después

Jueves, Octubre 19th, 2006

SANTIAGO.- Por seis votos a favor y cuatro en contra el Tribunal Constitucional (TC) acogió a trámite un requerimiento presentado por 32 diputados de la Alianza, donde se pide declarar inconstitucional la resolución del Ministerio de Salud que establece la distribución del fármaco a mujeres mayores de 14 años.

Dicha resolución, notificada esta mañana al Gobierno, causó sorpresa y molestia, principalmente por dos razones: primero, porque uno de los miembros del TC que acogió el requerimiento fue Mario Fernández (DC), ex ministro durante el Gobierno de Ricardo Lagos (Defensa y Secretaría General de la Presidencia) y ex embajador en Alemania.

En segundo lugar, porque esta es la primera vez que la resolución de un ministerio es revisada por el Tribunal, ya que antes sólo se había hecho con decretos.

Concretamente lo que busca el requerimiento presentado hace un mes por los diputados es que se declare inconstitucional la declaración exenta número 584 del Ministerio de Salud, dictada en septiembre del año pasado, y donde se estableció la distribución de la píldora.

Las polémicas por la píldora llegan así por primera al TC, ya que antes los frentes que había enfrentado el Gobierno sólo lo habían llevado a tribunales y la Contraloría.

El diputado UDI José Antonio Kast fue quien impulsó el requerimiento y contó con el respaldo de 31 diputados de su partido y de Renovación Nacional. Fue presentado con el patrocinio del abogado Jorge Reyes, de la ONG Pro Vida.

Según argumentan los parlamentarios, el fármaco atenta tanto contra el derecho a la vida como contra el derecho de los padres para decidir la educación de sus hijos.

A favor de acoger el requerimiento estuvieron José Luis Cea, Juan Colombo, Enrique Navarro, Raúl Bertelsen, Mario Fernández y Marcelo Venegas. En contra votaron Hernán Vodanovic, Francisco Fernández, Jorge Correa Sutil y Marisol Peña.